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PLANO DE USUCAPIÓN

 

¿Qué es? 

Es el plano obligatorio que debe presentar el Abogado al inicio del Juicio de usucapión. Puede tratarse de parcelas urbanas, de Unidades en Propiedad Horizontal, parcelas rurales o bienes privados del Estado. En dicho plano de mensura el Agrimensor determina la extensión de tierra que ocupa el solicitante y a quien pertenece en el Registro de la Propiedad ese inmueble mensurado sin justificar la posesión.

 

 

¿Qué necesito para hacer el trámite ?

Para realizar el plano se necesita fotocopia del DNI del poseedor o poseedores, la nomenclatura catastral del terreno o lote, y, de ser posible, la mayor información de los propietarios inscriptos en el registro de la propiedad del inmueble.

 

 

 

¿Cuánto demoro en hacerlo?
Un vez provista la información antes detallada, se genera el plano,  el cual, al cabo de aproximadamente 3 o 4 meses, es aprobado por la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

 

 

¿Cómo recibo el resultado o producto del trámite?
Copias de plano simples y enteladas firmadas por el Depatamento de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires y el profesional actuante.

 

 

 

 

 

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