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MENSURA

 

¿Qué es? 

La mensura es una determinación, medición, ubicación y documentación en un plano de los inmuebles y sus límites conforme a las causas jurídicas que los originan, es decir, la aplicación del título de propiedad al terreno propiamente dicho. La mensura es la generadora de la parcela catastral.

 

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 22 de la Ley 2996, la unidad catastral se denomina parcela, entendiéndose por tal al bien inmueble urbano, suburbano o rural designado como lote, fracción o unidad de propiedad horizontal, en un plano de mensura inscripto en el organismo catastral competente al tiempo de su registro.

 

¿Qué necesito para hacer el trámite?
Certificación de los datos catastrales de un inmueble, su nomenclatura, direccion, a través de una escritura pública, boleto de compraventa, o impuesto ARBA.

 

 

¿Cuánto demoro en hacerlo?

Según el trámite de mensura a realizar, entre 15 días y 3 meses aproximandamente. 
 

 

 

¿Cómo recibo el resultado o producto del trámite?

 

En originales y copias selladas por Ente Regulador y el profesional actuante.

 

 

 

 

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